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HAY QUE FORMULAR LAS CUENTAS ANUALES

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FORMULACIÓN CUENTAS ANUALES 2017
Como todos los años a estas alturas del mes marzo, la mayoría de los administradores de las diferentes sociedades nos encontramos con la obligación de formular las cuentas anuales del ejercicio terminado a 31 de diciembre de 2017. El plazo para la formulación de las mismas, en aquellos casos que se cierre el ejercicio económico coincidiendo con el final del año natural, termina el 31 de marzo. Posteriormente las mencionadas cuentas serán presentadas a la perceptiva Junta General Ordinaria de Socios para que estos procedan a su aprobación, si las consideran adecuadas a la imagen fiel de la entidad. Hoy solo queremos hacer mención a aquellas sociedades que puede formular cuentas anuales abreviadas, indudablemente mucho menos exigentes que las que se presentan en modelo normal. A este respecto indicar que desde el ejercicio 2016 ya no es necesario establecer en el modelo abreviado el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, lo que simplifica bastante la tarea del administrador. En este ejercicio podrán formular cuentas anuales abreviadas aquellas sociedades que durante dos años consecutivos no haya alcanzado cualquiera de dos de los límites que a continuación se mencionan:
a) Total de activo no superior a 4.000.000 €.
b) Importe neto de la cifra de negocios no superior a 8.000.000 €.
c) Número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no superior a 50.